jueves, 17 de octubre de 2019

Comunicado 29

ASUNTO:    Información a docentes del GRUPO “B” con relación al Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros.
DESCRIPCIÓN:
En relación a la circular número SEV/OM/DRH/DNyCD/OISPD/047/2019 signada por la Mtra. Lilián Cuevas Franco, Directora de Recursos Humanos, en la cual informa:

El pasado 15 de mayo del 2019 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de los artículos 3°, 31 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia educativa, para establecer entre otros aspectos, el Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros y determinar que la admisión, promoción y reconocimiento del personal que ejerza esa función magisterial, se realizará a través de los procesos de selección; en este tenor, para garantizar la prestación del servicio público en la Educación Básica y Media Superior, la Coordinación Nacional del Servicio Profesional Docentes expidió los Lineamientos Administrativos y los criterios específicos, señalando que lo no previsto en los presentes lineamientos será resuelto por la Coordinación Nacional del Servicio Profesional Docente en el ámbito de sus atribuciones.

Atendiendo lo anterior y considerando que en los ordenamientos no se realiza una precisión específica sobre los aspirantes del grupo “B”, con oficio CNSPD/DGIyR.LOO.1/376/2019 suscrito por el Lic. Octavio Díaz Aldret, Director General de Ingreso y Reconocimiento de la Coordinación Nacional del Servicio Profesional Docente indica los siguiente: “… en la base de datos, los participantes se ubican en dos grupos de ordenamiento conforme a su puntaje global: A y B quienes se ubican en el grupo de ordenamiento A, son susceptibles de asignación de alguna vacante definitiva o temporal, conforme a la disponibilidad de plazas, las necesidades del servicio público educativo y respetando la posición de ordenamiento; aquellos que se ubican en el grupo de ordenamiento B, no podrán ser sujetos de asignación de plaza vacante definitiva o temporal…”.

Por tal motivo, se solicita su gentil apoyo para que a través de la zona escolar a cargo, se haga extensiva la información, haciendo del conocimiento el estatus de los docentes con resultado en el grupo “B” de la imposibilidad en la asignación de plaza definitiva o temporal, indicando que es necesario vuelva a participar en las Convocatorias futuras, mismas que serán públicas y dadas a conocer a través de la página http://servicioprofesionaldocente.sep.gob.mx

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